Esta Navidad, consume local en tu municipio, busca tus regalos en los comercios de Breña Baja entre el 5 de diciembre y el 5 de enero y opta a numerosos premios con los "rascas" de la Campaña de Navidad organizada por el Ayuntamiento de Breña Baja, con la colaboración de Breña Baja Emprende y el Cabildo de La Palma. Consulta las bases aquí.
BASE 1ª.- OBJETO
El objeto principal de la presente Campaña es promocionar el comercio local del municipio de Breña Baja como destino comercial con motivo de las fiestas navideñas. De esta manera, se pretende incentivar la actividad empresarial de los comercios del municipio y publicitar el tejido comercial entre los clientes potenciales y usuarios del comercio local, mediante la realización de una promoción a través de Rascas con premios para cuya participación será necesario el consumo en los establecimientos adheridos a la campaña.
BASE 2ª.- CARACTERÍSTICAS DE LA CAMPAÑA PROMOCIONAL
1.- La duración de la Campaña será desde el 5 de Diciembre de 2023 hasta el 5 de Enero de 2024.
2.- El Ayuntamiento de Breña Baja pondrá a disposición de los comercios participantes Rascas (un total de 15.000 unidades a distribuir entre todos los establecimientos) para facilitar los mismos a las personas que realicen compras en sus establecimientos durante el transcurso de la campaña, y que serán distribuidos entre los mismos hasta agotar existencias.
3.- Se entregará a cada cliente un rasca por cada 10,00 € de compra o consumición en establecimientos adheridos a la campaña, con un máximo de 5 rascas por compra o consumición.
4- El último día de reparto de rascas por parte de los establecimientos que formen parte de la Campaña será el 5 de Enero de 2024 a las 00:00 horas.
BASE 3ª.- CONTENIDO DE LOS PREMIOS
1.- La Campaña consta de 80 premios por valor total de 3.000,00 €, distribuidos en rascas, con los siguientes importes:
- 10 rascas de 100 € cada uno.
- 20 rascas de 50 € cada uno.
- 50 rascas de 20 € cada uno.
2- En ningún caso el ganador podrá exigir el importe monetario de los premios.
BASE 4ª.- CANJE DEL PREMIO
1.- Los premiados/as deberán canjear sus rascas a lo largo de la Campaña Comercial (5 diciembre 2023 - 5 de Enero de 2024), o en cualquier caso, antes del 15 de Enero de 2024, en los establecimientos adheridos a la Campaña. Cada rasca es indivisible y tendrá un único canjeo en el establecimientos elegido por la persona premiada.
2.- Los premiados deberán canjear en los establecimientos adheridos a la Campaña por un importe igual o superior al premio del rasca, debiendo abonar la cantidad que proceda cuando se trate de un importe superior. El rasca quedará en poder del establecimiento.
3.- Los establecimientos/comercios en los que se canjeen los rascas de la Campaña, deberán acudir al Ayuntamiento de Breña Baja con la factura del canje de premio y su rasca correspondiente, así como el modelo 015 Alta a Terceros de esta entidad, (disponible en la página web: www.bbaja.es.), antes de las 14:30 horas del día 15 de Enero de 2024 para recibir el pago por parte del Ayuntamiento de Breña Baja mediante transferencia bancaria correspondiente. Después de la fecha indicada no se recogerán facturas ni rascas premiados.
BASE 5ª.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES
Para participar en la Campaña será necesario ser mayor de 18 años y cumplir con lo dispuesto en las presentes Bases.
BASE 6ª.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN E INCIDENCIAS
Corresponde al Ayuntamiento de Breña Baja la interpretación de las presentes Bases y la resolución de los posibles conflictos derivados de las mismas.
El Ayuntamiento de Breña Baja podrá apartar de la Campaña a aquellos participantes que incumplan las presentes bases, en cuyo caso se les notificará por escrito y se les retirarán los rascas y el material asignado.
BASE 7ª.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
El Ayuntamiento de Breña Baja velará por la protección de datos de carácter personal de las personas participantes de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
BASE 8ª.- PUBLICIDAD
Las presentes Bases se publicarán en la página web de esta Corporación: www.bbaja.es así como en los demás canales de comunicación que se estimen oportunos por parte de este Ayuntamiento.